Otro año más con la ley del control horario

Otro año más con la ley del control horario

Como todos debemos saber a estas alturas, desde marzo de 2019 en el R.D. Ley 8/2019 modificó el Estatuto de los Trabajadores en cuanto al registro de jornada laboral, con la modificación del art. 34,9 del ET.

Ahora bien, ¿qué paso en esa modificación? A partir de ese momento se alteró lo que todos entendíamos como "fichar". Ya no volveríamos a entrar a trabajar sin notificar nuestra llegada y sobre todo, dejaríamos de tener esas jornadas interminables que no llevan a nada o al menos eso es lo que debería ser. Tenemos que entender que con esta ley se intentó:

- Acabar con las jornadas maratonianas para el trabajador, que al final no son compensadas con horas extra y si lo son, no de manera correcta en su mayoría.
- Evitar que con un sueldo de media jornada se trabaje jornada completa o casi completa.
- Y ayudar al empresario a controlar el absentismo laboral, al obligar al trabajador a registrar todos sus tiempos.

Porque tenemos que entender que es lo que obliga la ley:

- El registro obligatorio de todas las entradas y salidas en un registro analizable y fiable que se guarde al menos durante 4 años.

- Tener una forma de poder justificar las pausas en caso de que el trabajo lo solicite




Pero como podemos llevar a cabo este registro horario y evitar las multas en la inspección de trabajo que van de los 625 a los 6.250€:

- La primera opción es ir al modo más clásico y simple, la hoja de papel. Deberíamos tener un documento que tiene que ser almacenado de forma segura, al menos, por 4 años en la que registraremos la entrada y salida (y descansos si hace falta) de todos nuestros trabajadores con su firma. Por lo que deberemos tener cuidado con inundaciones, incendios, perros, niños y demás elementos que destruyan papeles.

- La segunda es tener un software que te permita grabar la información de los trabajadores en su entrada, salida y en los descansos de forma sencilla y casi instantánea y que además soluciona un problema que la primera opción no lo soluciona. ¿Qué pasa si tengo que trabajar desde casa? ¿Le mandó una carta a mi supervisor a diario? La respuesta es sencilla, tienes un problema muy grande

El gran problema es que esta ley ha sido muy favorable para las grandes y medianas empresas porque han podido invertir fácilmente en un software que ha solucionado todos sus problemas y a la vez han mejorado su productividad.

Pero ¿Que ha pasado con las pequeñas empresas? Pues que como siempre han sido los perdedores de esta batalla y la causa como siempre es la económica y la de los recursos para poder acceder a las nuevas tecnologías.

Según los últimos datos el 60% de las pequeñas empresas siguen sin registrar los datos y del 40% que lo hace, en un 90% es en papel. ¿Y qué pasa con esta gente si les hacen una inspección de trabajo en mitad de la pandemia? Pues la respuesta se llama multa.

Pero desde Claimora queremos dar una solución sencilla al problema del registro horario y gratuita PARA SIEMPRE en la mayoría de los casos. ¿Y cómo? Pues muy sencillo, si tu empresa tiene menos de 5 trabajadores NUNCA tendrás que pagar nada. Y si tu empresa tiene 5 o más trabajadores solo 25 euros al mes.

Y con Claimora podrás registrar las horas de tus trabajadores, descansos, crear horarios para tus trabajadores, tener calendarios de equipos, imprimir informes de horas, solicitar vacaciones a tu supervisor y muchísimas opciones más.

No lo pienses más y date de alta.Nos vemos en Claimora.